Matías Nicolás Ayana de 25 años fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por haber abusado sexualmente de la hija menor de edad de la mujer que era su pareja en Rafaela.
Los abusos fueron cometidos en fechas que no se pudieron determinar con exactitud, pero que ocurrieron en el transcurso del año 2022 en una vivienda ubicada en calle 27 de Setiembre. “En ese inmueble, Ayana convivía con su pareja y con la hija menor de edad de ella, quien en esos momentos transitaba su escolaridad primaria”, indicaron desde la Fiscalía.
El condenado aprovechaba las oportunidades en las que se quedaba solo con la víctima para agredirla sexualmente en contra de su voluntad y por la fuerza. Los abusos se consumaron en diferentes horas del día, ya sea a la mañana, a la tarde o a la noche. Ayana cometió los delitos de forma reiterada, por la fuerza y bajo amenazas.
La fiscal Lema planteó que “para la definición del monto de la pena tuvimos en cuenta las circunstancias de tiempo y lugar en las que fueron cometidos los abusos, entre ellas, la consumación de los ataques sexuales en el seno del hogar familiar; la reiteración de los ilícitos; la corta edad de la niña y la violencia física y psicológica –en un claro contexto de violencia de género– a la que era sometida la víctima”.
Abreviado
Ayana fue condenado por la autoría de los delitos de abuso sexual con acceso carnal de menor de 13 años de edad cometido de forma reiterada, con violencia y agravado (por ser el encargado de la guarda y por la situación de convivencia preexistente), y promoción de la corrupción de menores de 13 años agravada (por haber sido cometida con violencia y por ser persona conviviente y encargada de la guarda).
La fiscal Gabriela Lema, perteneciente a la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 5, representó al MPA en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos en el que se impuso la pena. Por su parte, el juez Gustavo Bumaguín, fue el encargado de dictar la sentencia.
El condenado y su abogado defensor aceptaron la decisión de abreviar los procedimientos del juicio. Asimismo, el imputado admitió su culpabilidad y responsabilidad en los hechos que se le atribuyeron, aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía y la pena que se le impuso.
Por su parte, la madre de la víctima manifestó su conformidad respecto al procedimiento abreviado y a la pena solicitada.
FUENTE: MPA
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